Coyhaique, 08 de julio de 2015. -. El tribunal de alzada ratificó multa aplicada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura a la empresa Pesca Chile S.A., por sobrepasar la cuota asignada de extracción de congrio dorado, en 2013.
En fallo unánime (causa rol 1-2015), el tribunal de alzada -integrado por los ministros Pedro Castro Espinoza, Sergio Mora Vallejos, Alicia Araneda Espinoza y Luis Sepúlveda Coronado-, rechazó la reclamación de ilegalidad interpuesta por la empresa, que buscaba anular la sanción aplicada por el Servicio Nacional de Pesca que alcanza las 3.515 UTM.
En el fallo se explica que, a octubre de 2013, la empresa tenía un saldo disponible de extracción de 54,685 toneladas de la especie; sin embargo, un mes después desembarcó 88,0754 toneladas de congrio dorado, sobrepasando la cuota permitida en 33,39 toneladas.
La resolución agrega que, pese a que existía “un contrato de arrendamiento” de la cuota de extracción de la especie a la empresa pesquera Grimar S.A., dicho contrato regía entre el 20 y 31 de diciembre de 2013; es decir, casi un mes después de terminada la faena de captura en la que se excedió la cuota autorizada.
Además, continúa, el 12 de febrero de 2014, dos meses después, se intentó inscribir el contrato en el registro de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, lo que fue denegado por la entidad debido a que dicho contrato no puede tener aplicación retroactiva.
Por lo anterior, “(…) se rechaza la reclamación de ilegalidad por aplicación de la multa, deducido en lo principal de la presentación del abogado representante de Pesca Chile S.A, deducido en contra de la resolución con fecha 18 de diciembre de 2014, pronunciada por el Director Regional de Pesca y Acuicultura de la región de Aysén”, concluye el fallo.