El Tribunal Constitucional escuchó los argumentos de las organizaciones y comunidades indígenas respecto a la inconstitucional del artículo 48 de la Ley de Presupuestos 2025, que suspende la Ley Lafkenche durante un año, medida que vulnera principios constitucionales y tratados internacionales ratificados por Chile.
Santiago de Chile, 27 de diciembre de 2024. (Ecoceanos News).- Representantes de pueblos indígenas expusieron este jueves en la audiencia del Tribunal Constitucional sobre la indicación de la Ley de Presupuesto 2025, que busca paralizar la implementación de la Ley de los Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), más conocida como Ley Lafkenche, de manera de debilitar y bloquear los derechos de los pueblos costeros indígenas y comunidades locales que viven del mar.
Tras la audiencia, Johana Coñuecar Llancapi, de la Comunidad Admapu Ka Lafken, Hualaihué, región de Los Lagos, afirmó a Ecoceanos que el artículo 48 de la Ley de Presupuesto «vulnera gravemente los derechos colectivos de los pueblos originarios, principalmente los derechos de las mujeres en el borde costero. Hoy, los espacios costeros son instrumentos de derecho que reconocen nuestra cultura costera, nuestra existencia como pueblos originarios y que permiten generar una continuidad de la cultura del mar».
Coñuecar, quien es parte de la Red de Mujeres Originarias por la Defensa del Mar, indicó que «muchas comunidades indígenas del sur de Chile estamos alegando que se declare inconstitucional dicho artículo de la Ley de Presupuesto porque no se puede generar un retroceso en los derechos adquiridos».
En este mismo sentido, Javier Nahuelpán, de la Comunidades Lafkenche de Mehuin, región de Los Ríos, manifestó su preocupación por el actuar del Parlamento en paralizar la Ley Lafkenche con lo que niega los derechos adquiridos como pueblo mapuche, que “nos permiten resguardar nuestras costumbres y forma de vida no solo como mapuche sino como territorio”.
Lamentó que el poder legislativo trabaje en base a la “desinformación que han creado empresas sin responsabilidad social, ni ambiental, con malas prácticas y poca inversión en disminuir los efectos negativos de su producción, por lo que esperamos que el Tribunal Constitucional pueda decidir en garantizar los derechos adquiridos”.
Patricio Colivoro, werkén de la comunidad Mapuche-Wapiche Yaldad Mon Fen, región de Los Lagos, indicó que esperan que el TC recoja los alegatos y argumentos presentados por las comunidades indígenas, puesto que la indicación aprobada en el Senado atenta contra la Constitución, vulnera los tratados internacionales ratificados por Chile, como el acuerdo contra de todas las formas de discriminación. “Consideramos que esta medida es discriminatoria, ya que limita nuestro acceso al mar, el que es parte de nuestra cosmovisión y nuestra propia forma de vida, a la cual no podemos renunciar”.
En entrevista con Ecoceanos, Coliboro alertó que «existe una campaña de desinformación con discursos racistas que ha generado un clima de odiosidad en los territorios, orquestada particularmente por la industria salmonera, los intereses de la pesca industrial y armadores. La pesca artesanal, en general, está de acuerdo con los espacios costeros de pueblos originarios, al saber que son comunes y que vamos a compartir su administración».
En tanto, Adolfo Millabur, uno de los fundadores de Identidad Territorial Lafkenche, sostuvo que “el artículo 48 de la Ley de Presupuesto es una vulneración directa a los derechos de los pueblos indígenas, particularmente del Mapuche. Vulnera la Ley Lafkenche, al suspenderla por un año y tener un principio negativo porque si no se aprueban en seis meses, las solicitudes se dan por rechazadas”.
Agregó que “esto es gravísimo, discriminatorio e intolerable en estos tiempos”. Tal como las otras personas entrevistadas por Ecoceanos, Millabur espera que el Tribunal Constitucional determine que la indicación, impulsada por los senadores de Renovación Nacional, Marcia Raphael y Mauro González, es inconstitucional, pero además en el fondo porque afecta directamente al pueblo Mapuche, al no haberse realizado la consulta indígena, según establece el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT.
Adolfo Millabur expresó la preocupación de las comunidades ante la posibilidad que se marque un precedente en contra de los pueblos indígenas mediante la Ley de Presupuestos, en el sentido que el Parlamento comience a legislar en función de negarle sus derechos.
El historiador y académico Fernando Pairicán, quien acompañó a la delegación mapuche en el Tribunal Constitucional, señaló que “esta indicación, apoyada por la industria salmonera y los grandes empresarios del mar, está poniendo en retroceso una ley que no debería ser regresiva por la cantidad de derechos indígenas que contempla”, como el uso y derecho de los espacios costeros marinos de los pueblos originarios, entre otros.
Para el historiador mapuche, “todas las “triquiñuelas” que han realizado los sectores más conservadores para modificar la Ley Lafkenche, para apoyar a la empresa del salmón, ponen en debate hoy día nuestros derechos como pueblos originarios».
Leticia Caro, de la Comunidad Kawésqar grupos familiares Nómades del Mar, junto con solicitar que se declare la inconstitucionalidad del artículo 48 de la Ley de Presupuesto, expuso en la audiencia ante el TC, que la Ley Lafkenche «es una expresión del derecho de los pueblos originarios a practicar y revitalizar sus tradiciones y el derecho a mantener los recursos naturales existentes en los distintos territorios ancestrales. Al mismo tiempo, da espacios de revitalización cultural y reconocimiento de la memoria y cosmovisión».
El Convenio 169 de la OIT reconoce el derecho de los pueblos originarios a practicar, revitalizar, mantener y desarrollar sus propias manifestaciones presentes, pasadas y futuras, lo que está en consonancia con los usos consuetudinarios reconocidos en la Ley Lafkenche, precisó la representante Kawésqar.