La nulidad de una ley está contemplada en la Constitución, en los artículos 6 y 7. El informe de la Biblioteca del Congreso, señala que tales artículos “consagran un espectro maximalista. Así se desprende de su integración que está en las bases de la institucionalidad, es decir, está en las bases de la institucionalidad y de su referencia a que todo acto de autoridad puede ser anulado”.
Santiago, 24 de enero de 2017. (radiodelmar.cl)– La Biblioteca del Congreso Nacional respondió al diputado Hugo Gutierrez si es posible anular una Ley. La respuesta fue que «no hay normas sobre nulidad de derecho público, pero paradojalmente me dice que no hay nada hoy que impida plantear la nulidad”.
Esta sería la salida luego que el gobierno informara al mismo diputado que si se deroga la Ley Longueira que privatizó los peces en favor de siete familias, el Estado, es decir todos los ciudadanos chilenos deberán pagar a las empresas 10 mil millones de dólares como forma de compensar a estos empresarios que se apropiaron ilegítimamente de los derechos de propiedad de los recursos del mar.
La información entregada por el diputado Gutierrez ocurre en momentos en que el subsecretario de Pesca, Raúl Súnico tuvo que renunciar luego que se denunciara que su esposa recibió dinero de las empresas pesqueras agrupadas en la patronal ASIPES, de la Región del Bio-Bio. Y cuando más políticos aparecen como receptores del dinero de las compañías pesqueras.
En entrevista con el programa de TVN ‘Estado Nacional’, Gutiérrez explicó que hubo conversaciones previas con las autoridades, quienes le señalaron que había una dificultad para revisar, rectificar o modificar la ley como es el pago de 10 mil millones de dólares a las industrias, informa el diario elmostrador.cl
“Había una problemática central para conocer, rectificar, modificar esta legislación y es que había que pagarles a estos industriales pesqueros 10 mil millones de dólares, y como no es posible pagar 10 mil millones de dólares para poder recuperar la biomasa marina para el Estado chileno, la posibilidad era descartarla y lo que hice es pedirle un informe a la Biblioteca del Congreso Nacional que informara sobre qué piensa de esta actividad de derecho público de un acto legislativo. En ese sentido me informa que no hay normas sobre nulidad de derecho público, pero paradojalmente me dice que no hay nada hoy que impida plantear la nulidad”, sostuvo Gutierrez.
Agregó que el tema de la nulidad de una ley está contemplada en la Constitución, en los artículos 6 y 7, y respecto a este punto continuó leyendo el informe emanado de la Biblioteca del Congreso, señalando que tales artículos “consagran un espectro maximalista. Así se desprende de su integración que está en las bases de la institucionalidad, es decir, está en las bases de la institucionalidad y de su referencia a que todo acto de autoridad puede ser anulado”.