«La realización del Tribunal de los Derechos de la Naturaleza en Chile permitió profundizar e integrar la información de carácter científico-técnico, con los conocimientos y propuestas políticas de las comunidades afectadas, en relación al modus operandi del Estado, las patronales empresariales y el creciente número de empresas transnacionales que se encuentran en pleno proceso de asalto a los territorios, reservas de agua y la Naturaleza en la Patagonia», dijo el Centro Ecoceanos.
Santiago de Chile, 06 de diciembre de 2019. (Ecocéanos News)– El 5º Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza realizado este jueves, en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, denunció la complicidad del Estado chileno, sus instituciones y funcionarios, en la imposición y promoción del modelo neoliberal de carácter centralista y colonialista en lo político, extractivista y productivista en lo económico, y asimilador en lo cultural, en las regiones de Aysén y Magallanes, donde se ha instalado la industria salmonera, la megaminería, el turismo no regulado y la pesquería industrial.
Este juicio es parte del veredicto entregado por el panel de jueces y del relator Antonio Elizalde, quienes contaron con el apoyo de expertos y comunidades locales afectadas, quienes se refirieron a los procesos de industrialización tardía, ecocidio y eliminación y asimilación cultural de los pueblos originarios en las regiones de la Patagonia chilena. Estas conclusiones fueron señaladas luego de escuchar a los diversos representantes de comunidades afectadas de los pueblos Kawésqar y Yagán, y a organizaciones socio-ambientales como el Centro Ecoceanos, Codeff, FIMA y la Coalición Aysén Reserva de Vida.
Los casos que se presentaron ante esta ocasión fueron «Minería de litio en el desierto de Atacama», «Las amenazas a la Patagonia, reserva de agua y vida» y «Privatización del agua: el agua como objeto».
Los jueces en esta quinta versión del Tribunal fueron Yaku Perez de Ecuador, presidente del Tribunal; Alberto Acosta (Ecuador); Raúl Sohr (Chile); Maristella Svampa (Argentina); y Antonio Elizalde (Chile).
Respecto a lo que ocurre en la Patagonia, el Tribunal señaló que “la explotación del borde marino mediante el desarrollo de la salmonicultura ha afectado sustancialmente el ecosistema endógeno al introducir especies exóticas carnívoras del hemisferio norte, cuyos inevitables escapes masivos desde las jaulas de crianza han hecho desaparecer las diversas especies propias de esos ecosistemas marinos”.
Además “el abuso de antibióticos, así como de nutrientes, usados para alimentar a salmones hacinados en jaulas que alcanzan hasta 30 kilos por metro cúbico de agua, están además afectando a las poblaciones locales, al generar miles de toneladas de contaminación al medio marino produciendo los procesos de eutroficación y anoxia que destruyen la vida marina”.
Frente a esta dramática situación que contradice los anuncios de la delegación chilena que aún preside la COP 25 en España, los jueces del tribunal internacional, exhortaron al “Estado chileno a cambiar su actitud cómplice y permisiva con las ecocidas actividades económicas de caracter extractivistas realizadas en la Patagonia”.
También llamaron al Estado a “respetar rigurosamente las áreas destinadas a la conservación ambiental, tales como como Parques Nacionales y otros regímenes de conservación, a cumplir estrictamente los procesos de consulta previa a las comunidades” , y “a estudiar e introducir elementos de justicia restaurativa. Estas son normas y legislación conducente a la reparación de los enormes daños realizados a los pueblos habitantes originarios de la Patagonia y territorio austral”.
Juan Carlos Cárdenas, médico veterinario y director del Centro Ecocéanos, quien fue uno de los especialistas invitados señaló que “ la realización del Tribunal de los Derechos de la Naturaleza en Chile permitió profundizar e integrar la información de carácter científico-técnico, con los conocimientos y propuestas políticas de las comunidades afectadas, en relación al modus operandi del Estado, las patronales empresariales y el creciente número de empresas transnacionales que se encuentran en pleno proceso de asalto a los territorios, reservas de agua y la Naturaleza en la Patagonia”.
Ecocéanos alertó a las comunidades locales, movimientos sociales y la ciudadanía movilizada en Chile y Argentina, que se deben colocar las crecientes amenazas ambientales, sanitarias, sociales y culturales, “en el contexto de la implementación de estrategias de control geo-político de intereses extra-regionales, a través de la apropiación de derechos de acceso y uso del agua dulce, los recursos mineros y pesqueros, así como de las extensas áreas marino-costeras y oceánicas en la zona sub-antártica”. *****FIN*****
Antonio Elizalde
Veredicto panel Patagonia
05 de diciembre de 2019
Teniendo en consideración:
a. La Patagonia como reserva de agua y vida, su condición lacustre, archipielagica además de tener
más de 4 mil kilómetros de costa marina, una de las zonas más prístinas del Planeta, de gran biodiversidad, gran parte de la cual es aún desconocida por la ciencia, importantísima reserva de agua con sus glaciares y campos de hielo.
b. Presenta intervención humana con presencia de actividades mineras y salmonícolas que afectan gravemente los ecosistemas marinos y que han llevado incluso a la desaparición de biomas marinos y especies endémicas.
c. Estas intervención han sido promovidas históricamente por el propio Estado chileno mediante el fomento de un modelo extractivista de carácter centralista, autoritario, patriarcal e incluso colonial, implantando en el territorio patagónico verdaderos enclaves orientados haccia los merados globales, desconectados de sus territorios y comunidades que los habitaban ancestralmente
d. Si bien el Estado chileno ha actuado acogiendo nominalmente (la letra chica, el doble estándar, esto que tanto irrita a la gente que está en las calles), los diversos avances civilizatorios del conjunto de la humanidad especialmente en el plano científico y jurídico, en los hechos ha desarrollado una normativa ambigua y funcional al modelo extractivista que promociona. De allí que su actuación permanente alla sido incumplir las propias normativas ambientales, haciendo la vista gorda e ignorando las reiteradas y sistemáticas conductas de evasión y elusión de cumplimiento de las exigencias puestas por la legislación existente por parte de las empresas mineras y salmoneras.
e. El Estado chileno se ha transformado así en el mayor violador de la Ley, creando permanentemente zonas de sacrificio, incluso de ciertos cementerios marinos, permitiendo la destrucción casi completa de ecosistemas locales.
f. La explotación del borde marino mediante el desarrollo de la salmonicultura ha afectado sustancialmente el ecosistema endógeno al introducir especies exóticas del hemisferio norte, carnivora, cuyos inevitables escapes masivos desde las jaulas de crianza han hecho desaparecer las diversas especies propias de esos ecosistemas marinos. Paralelamente el abuso de antibióticos, asi como de nutrientes, usados para alimentar a salmones hacinados en jaulas que alcanzan hasta 30 kilos por metro cúbico de agua, están además afectando a las poblaciones locales, al generar miles de toneladas de contaminación al medio marino produciendo los procesos de eutroficación y anoxia que destruyen la vida marina
g. El estado chileno permitió un verdadero genocidio de los habitantes originarios del extremo sur del país mediante el exterminio masivo de los pueblos que habitaban durante milenios este territorio, para desarrollar allí la explotación de la ganadería ovina, incluso permite hasta hoy la falsificación histórica y veneración de los empresarios responsables de dicho genocidio. Pese a ello, esos pueblos aún resisten preservando su memoria mientras el Estado continúa vendiendo territorios, irrespentando a las comunidades que los habitan para hacer posible el desarrollo extractivista.
Este Tribunal dictamina acoger el caso y:
– Recomienda, sugiere y exhorta al Estado chileno cambiar su actitud cómplice y permisiva con las ecocidas actividades económicas de caracter extractivistas realizadas en la Patagonia.
– Respetar rigurosamente las áreas destinadas a conservación ambiental como Parques Nacionales y otros regímenes de conservación
– A cumplir estrictamente los procesos de consulta previa a las comunidades involucradas por el desarrollo de actividades productiva
– Establecer medidas de precaución para prevenir que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, destrucción de ecosistemas o alteración de los ciclos ecológicos en la Patagonia
– Recomienda al Estado chileno a estudiar e introducir elementos de justicia restaurativa, esto es normas y legislación conducente a la reparación de los enormes daños realizados a los pueblos habitantes originarios de la Patagonia y territorio austral
– Se condena moralmente a las empresas mineras y salmoneras a asumir el costo de la restauración de las externalidades generadas por su explotación en un plazo a determinar.
Reservándose este tribunal el derecho a desarrollar campañas comuniacionales de denuncia de las actividades ecocidas.
Este tribunal insta al movimiento ciudadano, al pueblo soberano a aprovechar el evento plebiscitario que culminará en una nueva Constitución nacida del ejercicio por primera vez de la soberanía popular para introducir en el texto constitucional como elemento fundante del nuevo pacto social el respeto irrestricto a la vida en todas sus expresiones introduciendo en ella los derechos de la Naturaleza.